
La expansión del comercio electrónico es incalculable, siendo una de las principales fuentes de ingresos tanto de grandes como PYMES.
¿Has decidido que ha llegado la hora de actualizar tu negocio y dar el salto al mercado digital? ¿Vas a abrir una tienda online? En ese caso, permítenos que te informemos de todo lo que debes saber sobre la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, o LSSICE.
¿Qué es la LSSI-CE?
La LSSI, o Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio electrónico (a veces también llamada Ley del comercio electrónico a secas), es una normativa que regula todas las actividades económicas a través de Internet.
Entiéndase la venta de productos o servicios ofertados a través de páginas web, tiendas online o correo electrónico. De dicha definición, se excluyen los productos o contenidos audiovisuales emitidos por Internet.
¿Cuál es el objetivo de la LSSI-CE?
Podríamos decir que el principal objetivo de la LSSI-CE es adaptar la normativa española a las exigencias de las nuevas tecnologías y modelos de negocio. Por ello, con esta ley se busca alcanzar las siguientes metas:
- Fomentar el desarrollo de empleo y la economía en el ámbito digital.
- Lograr un escenario de libre competencia en el marco de las telecomunicaciones.
- Impulsar el desarrollo de redes e infraestructuras.
- Establecer un marco legal claro al que puedan atenerse tanto prestadores de servicios como usuarios de internet.
¿Quiénes deben cumplir con la LSSI-CE?
Hoy en día podríamos decir que cualquier persona puede tener su propia página web. A fin de cuentas, muchas plataformas lo ponen muy fácil para que puedas hacerla por ti mismo.
Ahora bien, ¿quién está obligado a cumplir con la LSSI? ¿Toda persona que abra un blog? No, ni mucho menos. Según lo recogido en la ley estarán obligados aquellas personas físicas que realicen operaciones económicas por Internet.
No importa si los ingresos se obtienen de forma directa (a través de la venta de productos o servicios) o indirecta (con publicidad online, banners, patrocinios…), si obtienes ingresos con tu web, debes cumplir con lo estipulado por la ley.
Ahora, si cuentas con una página web con la única intención de informar y no obtienes ingresos con ella, no hace falta que hagas nada.
Ten en cuenta otro detalle importante; la gestión del negocio debe estar centralizado en el territorio español o, en su caso, contar con una oficina, sucursal o derivado desde dónde prestes el servicio.
Las preguntas más frecuentes sobre la Ley de comercio electrónico
Tras esta breve lección sobre todo lo que necesitas saber sobre la LSSI, ¿qué te parece si respondemos a las preguntas más frecuentes sobre la misma?
¿Es necesario tener autorización para vender por Internet?
Según lo recogido en la Ley de Comercio Electrónico, no es necesario contar con ninguna autorización específica.
No obstante, se destaca que aquellos servicios que dependan de una autorización administrativa se someterán al régimen general que les sea preciso, a razón de las normas y leyes ya vigentes.
¿Cuáles son las obligaciones de una empresa que quiere comercializar sus productos o servicios por Internet?
¡Muy atentos! Porque esto es muy importante. Cualquier empresa o negocio que vaya a vender sus productos, o prestar servicios, a través de una página web debe facilitar los siguientes datos:
- Denominación social.
- Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Domicilio o dirección de la sede de la empresa.
- Dirección de correo electrónico.
- Número de teléfono o número de fax.
- Datos de inscripción en el caso de que la empresa esté registrada en el Registro Mercantil, o cualquier otro registro público.
- Información sobre los precios de los productos, indicando si incluye o no impuestos, los gastos de envío o cualquier otro dato que deba incluirse.
- Los códigos de conducta a los que está adherido la empresa, así como la forma de consultarlos electrónicamente.
En el caso de que tu empresa realice contratos en línea, o por vía electrónica, estarás en la obligación de poner a disposición de los usuarios toda la información antes de empezar el proceso de contratación:
- Los pasos, o trámites, que deben seguir para realizar el contrato.
- Informar si archivarás el documento electrónico del contrato y será visible.
- Los medios técnicos que pondrás a disposición para identificar o corregir errores en la introducción de datos.
- El idioma, o idiomas, en los que podrán formalizar el contrato.
- Las condiciones generales de contratación que rijan el contrato.
Los comunicados comerciales, ¿cuándo puedes enviarlos por medios electrónicos?
Puedes hacerlo nada más abrir tu página web, siempre que dejes claro el tipo de comunicación que es y tu identidad como anunciante.
Según lo establecido por la ley, se pueden enviar mensajes publicitarios a los usuarios que previamente hayan dado autorización de forma expresa o con los que tengas una relación contractual previa, esto es, que hayan adquirido un producto o servicio.
Ten en cuenta algo importante; tienes que dar la opción al destinatario de dejar sus datos para tratarlos con fines promocionales. Esta opción tendrá que estar habilitada en cada una de las comunicaciones comerciales que envíes.
Consentimiento o autorización expresa, ¿qué significa?
En 2018 se aprobó el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que hacía especial hincapié en la autorización expresa y proactiva.
¿Y esto qué significa? Que todo negocio online debe exigir la manifestación de una voluntad libre, informada, específica e inequívoca para poder enviar comunicaciones comerciales a través de cualquier canal.
Tengo una página web personal, ¿la nueva ley de comercio electrónico me afecta?
A lo largo de los años, la LSSI ha sufrido varios cambios. Pero, tal y como hemos mencionado con anterioridad, los únicos que deberán acogerse a ella son aquellos que perciban ingresos directos o indirectos con su web.
Si tienes una página personal, con la que no percibes ningún ingreso, no te preocupes, no tienes que preocuparte.
Los derechos de los consumidores
Hay algo que no debes olvidarte a la hora de poner en marcha tu e-commerce, y son los derechos de los consumidores.
Todas las empresas y negocios tienen la obligación de asegurar a sus usuarios, o compradores, que tendrán total libertad de acceder a sus quejas y reclamaciones. En otras palabras, en tu página web debes proporcionar a los consumidores toda la información relacionada con los datos de contacto para que puedan exponer sus dudas o quejas.
¿Cuáles son las obligaciones fiscales de un e-commerce?
Tanto si eres una empresa como un particular, si posees una tienda online a través de la que percibes ingresos, hay una serie de obligaciones fiscales que debes cumplir.
Alta en Hacienda
Para poder iniciar tu actividad económica, ya sea profesional o empresarial, tendrás que darte de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedor de Hacienda a través del modelo 036 o modelo 037.
Debes clarificar el tipo de actividad económica que realizas mediante la elección del epígrafe de la actividad. En función de la naturaleza de los productos que vendas, es posible que tengas que darte de alta en más de un epígrafe.
En el caso de que vendas, o adquieras productos o servicios, en otros estados miembros de la Unión Europea tendrás que darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
Facturas
Para resumir este punto: un negocio online funciona con las mismas normas y reglas que un comercio convencional.
En otras palabras, por cada producto que vendas, o servicio que prestes, tendrás que emitir una factura al cliente, cobrando el correspondiente IVA.
Esta tendrás que enviársela al cliente a través de correo electrónico, o el medio a través del cual especifiques en tu web, una vez finalizado el proceso de compra o la prestación del servicio.
¿Qué modelos hay que presentar si posees un e-commerce?
Lo primero de todo, ¿cuáles son los modelos que tendrás que presentar a lo largo del año si eres propietario de un comercio electrónico?
- Modelo 303: El modelo para la autoliquidación del IVA trimestral.
- Modelo 390: El informe anual de IVA, con carácter informativo.
- Modelo 130: Para liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
- Modelo 115: Este modelo solo deben presentarlo los autónomos, presentando la liquidación trimestral de las retenciones practicadas por alquileres.
- Modelo 180: Es el mismo que el modelo 115, pero con carácter anual y meramente informativo.
- Modelo 111: Declaras las retenciones practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios.
- Modelo 190: Igual que el anterior, pero es anual e informativo.
- Modelo 347: Es de carácter anual, donde se especifica la suma de las operaciones realizadas con un cliente o proveedor si estas superan los 3005.06€.
- Modelo 349: Lo deben presentar todos los autónomos que realicen operaciones intracomunitarias, como servicios, entras o adquisiciones. En otras palabras, las operaciones efectuadas dentro de la UE.
- Modelo 369: Modelo con el que se realiza la liquidación de IVA de las ventas realizadas a particulares de la UE por medios online.
- Modelo 200: El modelo para el Impuesto de Sociedades, que solo deben presentar las empresas.
¿Cómo pueden ayudarte los software de Monitor Informática?
En realidad, cumplir con lo establecido por la LSSI-CE no es tan complicado como habrás podido comprobar.
Ahora bien, ¿cómo pueden ayudarte el software de gestión de Monitor Informática con tu negocio online?
Si eres un profesional que presta sus servicios como contable, asesor, gestor o consultor, disponemos miConta, un software que te permitirá realizar esta labor de manera rápida y sencilla a todos tus clientes.
Dicho programa también te servirá si tienes un comercio electrónico. Podrás registrar las entradas de todas tus ventas, para llevar un control contable de tu negocio. A través de este software de contabilidad, también podrás cumplir con todas tus obligaciones fiscales, ya que te permite rellenar y enviar automáticamente a Hacienda todos los modelos anteriormente mencionados.
Por supuesto, contamos con otros programas que te pueden ser de mucha utilidad, como miNómina, con la que gestionar las nóminas de los trabajadores a tu cargo o miEos, un software de gestión pensado especialmente para trabajadores autónomos.
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