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IVA 2022, ¿cuáles son las principales novedades?

El IVA destaca, sobre todo, por el hecho de que se está devengando continuamente. Cada cambio que se realiza, afecta a la facturación desde el comienzo. Y, cómo bien sabes, como empresa o autónomo, según se dé el caso, debes presentar la liquidación de IVA a través del modelo 303.

En los últimos meses se han dado muchos cambios en el ámbito laboral y fiscal. Ello ha supuesto también la implementación de diversas novedades en el IVA para este 2022, que te detallaremos a continuación.

¿Cuál es el calendario del IVA en 2022?

En este aspecto no podemos hablar sobre ningún cambio significativo en los plazos de presentación del IVA en 2022. Pero no está de mal recordarlos, ¿no te parece?

Primer trimestre

La presentación del primer trimestre de la liquidación de IVA se realiza el 1 al 20 de abril, presentando el modelo 303.

Los que estén obligados en el mismo plazo deberán presentar el modelo 309, de la liquidación no periódica del IVA.

Segundo trimestre

La segunda liquidación se realiza entre el 1 al 20 de julio, teniendo que presentar el modelo 303 y el 309.

En el caso de ser propietario de un ecommerce, y haber obtenido ingresos con este, también tendrás que presentar el modelo 369.

Tercer trimestre

El plazo de presentación del IVA del tercer trimestre comprende del 1 al 20 de octubre, periodo en el que deberás presentar el modelo 303 y el 369 si has obtenido ingresos con un ecommerce.

Cuarto trimestre

Como bien sabes, para presentar la liquidación de IVA del cuarto trimestre cuentas hasta el 31 de enero del año siguiente.

Sin embargo, aparte del modelo 303 también tendrás que presentar el modelo 390 que corresponde al resumen anual de las liquidaciones de IVA.

Las novedades del IVA en 2022

Lo cierto es que, aunque muchos de estos cambios se introduzcan ahora, vienen de reformas de años anteriores que hasta la fecha no se habían hecho efectivas. Algunos puede que no te afecten, pero no está de más estar informado sobre ellos, ¿no te parece?

Cambios en el Régimen Simplificado

Este es un ejemplo de una actualización que llega tarde. De hecho, en el 2014 se aprobó la reforma que restringía a los autónomos que podían acogerse a este régimen, y tendría que haber entrado en vigor en 2016. No obstante, no ha sido hasta este año que se ha introducido la gran novedad tras la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2022.

La principal novedad es que para poder declarar el IVA en este régimen será necesario cumplir una serie de requisitos, y no superar ciertos límites

Según lo recogido por la Agencia Tributaria, se aplicará el régimen simplificado a quienes cumplan con estos requisitos:

  • Sean personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF, siempre que, en este último caso, todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas físicas.
  • Que cada una de sus actividades esté incluida en la Orden que desarrolla este régimen y no se superen las magnitudes específicas establecidas.
  • Que el volumen de ingresos en el año anterior no supere cualquiera de los siguientes importes:
    • 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, forestales y ganaderas.
    • 250.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
  • Que no haya renunciado al régimen.
  • Que no hayan renunciado o estén excluidos de la estimación objetiva en el IRPF
  • Que ninguna de sus actividades se encuentre en estimación directa en el IRPF en alguno de los regímenes del IVA incompatibles con el simplificado.

Otra gran novedad es el final de los procedimientos especiales de renuncia y revocación de la renuncia. Antes de la modificación, cuando se tomaba una decisión de este tipo, se vinculaba al contribuyente durante tres años.

De hecho, en los últimos dos años, se permitió tomar una decisión de que se pudiera cambiar sin esperar por dicho plazo. El objetivo de esto era permitir cambiar a estimación directa a negocios castigados por la crisis y las medidas sanitarias.

Así, el contribuyente tributaría el IVA y el IRPF en función de una realidad más adversa, y no la que marcaban los módulos. Si en algún momento su situación cambiaba, y la persona quería, podía cambiar a estimación objetiva de nuevo.

Sin embargo, uno de los grandes cambios en el IVA de 2022, es que la decisión que se tome de tributar en el régimen simplificado supone una vinculación durante 3 años.

IVA en el comercio electrónico

Como bien sabes, el comercio electrónico está en alza, por lo que no es raro que se haya llevado a cabo una reforma del IVA que los implique.

El principal objetivo de este cambio es disminuir la presión fiscal indirecta. Para un comercio pequeño, puede ser muy complicado vender en Europa, pues ello implicaría tener que presentar diferentes modelos en una gran cantidad de países.

Así pues, el nuevo sistema crea una opción de ventanilla única. Si se cumplen unas determinadas condiciones, el negocio puede registrarse en un único país y efectuar en él la declaración de todas las operaciones que realice.

Por ejemplo, si realizas tu actividad en España, tal y como hemos mencionado al principio de este post, tendrías que presentar el modelo 369 en el tercer trimestre. Con esto se espera ayudar a los pequeños negocios a dar el gran salto al mercado digital en el extranjero.

Automatización del IVA 2022

Uno de los principales objetivos con esta reforma es la automatización de los procesos de cumplimiento de obligaciones formales.

Siguiendo esta línea, se encuentra el programa Pre303 (Servicio de ayuda del modelo 303) que amplía sus servicios. También se han agregado nuevos libros a los contribuyentes del SII (Servicio Inmediato de Información).

Pues, ¿sería posible automatizar un proceso como este sin suministrar la información de forma rápida y precisa para el contribuyente? Claro que no, por eso se han implementado mejoras para que los modelos de liquidación y los libros de registro se rellenen automáticamente.

De momento, en esta dirección quien ha supuesto un avance significativo ha sido el SII. Desafortunadamente, esto ha hecho que la mayoría de pequeños negocios queden fuera. Es posible que en el futuro esto se convierta en una obligación para todos los empresarios y profesionales por igual. Pero aún pueden quedar varios años para eso.

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