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Facturar sin ser autónomo. ¿Es posible? Cuándo sí y cuándo no.

Has empezado a trabajar, pero no tienes ingresos tan importantes como para decidirte a cotizar a la Seguridad Social por tu cuenta. Seguramente, en una situación así, te has planteado si puedes facturar sin ser autónomo. Monitor informática te explica todo lo que debes tener en cuenta. 

 

 

¿Qué significa ser autónomo?

 

Se consideran trabajadores autónomos aquellas personas que realizan de forma habitual y por cuenta propia una actividad profesional con remuneración económica. Para la Seguridad Social ser autónomo implica que se realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.

 

Diferencias entre autónomo y trabajador por cuenta ajena.

 

 

  • El trabajador por cuenta ajena depende de la organización de la empresa, que es la planifica los horarios, vacaciones, descansos… El autónomo es independiente y se organiza él mismo.
  • El asalariado trabaja en el centro de trabajo de la empresa o en cualquier lugar que ella designe y utiliza los recursos y herramientas necesarias para su actividad que le ésta le facilita. El trabajador autónomo planifica su actividad y utiliza sus propios recursos.
  • El trabajador por cuenta ajena cobra un sueldo que se distribuye de forma uniforme en el tiempo con 12 o 14 pagas. El autónomo no recibe un salario. Su retribución por su actividad no es constante.

 

 

 

Ventajas del autónomo en España. 

 

  • Ser el jefe. Esta ventaja es la que más se repite si le preguntas a alguien que es empresario individual. En este caso tu experiencia, criterio y conocimientos son los que cuentan para el desarrollo de tu trabajo. No tienes un superior indicando cómo y cuándo debes realizar tu trabajo, pudiendo tomar las decisiones que consideres más adecuadas para tu carrera y conducir tus proyectos a donde más te interese. Tendrás un control total de tu actividad, ser emprendedor te brinda la oportunidad de conocer tu empresa desde todas sus vertientes.
  • Trabajar en lo que realmente te gusta y con quien tú quieras. La constancia, compromiso y ganas muchas veces hacen posible que puedas trabajar en lo que te gusta y lo que antes creías imposible se hace realidad. También te da la posibilidad de descartar todo aquello que no te interese o no creas adecuado para tu negocio. Algo parecido puede pasar con tus clientes, ya que no tienes la obligación de hacer negocio con personas o empresas que no sigan tu visión de negocio. 
  • Facilidad para darte de alta. Cuando empiezas una actividad económica debes darte obligatoriamente de alta. Al montar una sociedad los trámites para ello se alargan en el tiempo que conllevan requisitos económicos, de registro, notarios y no es de forma automática. Darte de alta como autónomo tiene un coste 0, al igual que darte de baja, puedes darte de alta y de baja ilimitadas veces, teniendo en cuenta que si lo haces por periodos inferiores a un mes estarás limitado a hacerlo 3 veces al año. Además, ser autónomo no conlleva ninguna obligación contable al contrario de lo que pasa con las sociedades, únicamente tienes la obligación de tener un libro de facturas emitidas, recibidas y bienes de inversión. Tienes muchas menos obligaciones formales.

 

¿Puedes facturar sin cotizar en España?

 

Sí, es posible que factures sin estar inscrito en el régimen de autónomos, pero esta afirmación no debes considerarla como una generalización.

Por tanto, se puede establecer dos condiciones para poder facturar sin ser autónomo:

  1. Que la actividad económica no sea habitual.
  2. Que la actividad no genere ingresos superiores a los 950 euros brutos mensuales del salario mínimo (13.300 anuales) en 2020.

 

 

Cómo facturar sin ser autónomo 

 

Llegados a este punto hay que indicar que si quieres facturar no puedes dejar de darte de alta en Hacienda. Sobre ello, no hay opción. 

El alta en Hacienda a través de los modelos 036 y 037 no tiene coste. Además, has de declarar los ingresos obtenidos por IVA (modelo 303) e IRPF (pago fraccionado modelo 130 y/o declaración de la Renta), trimestralmente con su correspondiente resumen anual. 

Tras facturar  y cumplir con tus obligaciones fiscales derivadas de un trabajo por cuenta propia pero sin habitualidad y con ingresos inferiores al salario mínimo, has de darte de baja en Hacienda a través de los mismos modelos de solicitud de alta (modelo 036 o modelo 037).  

 

Sanción por facturar sin ser autónomo

 

Si se demuestra que la actividad ha sido habitual, o has cobrado más del SMI, te pueden imponer una sanción. 

Se entiende que en estos casos hay un fraude laboral. Si incurres en esta conducta tendrás que darte de alta en el RETA de forma inmediata y pagar las cuotas atrasadas (desde que vengan ejerciendo la actividad) con su correspondiente recargo. Recargo que puede ser de entre un 10% y un 35% del importe de la cuota de cotización según si el pago es voluntario o no.

Además, ten en cuenta que vas a estar trabajando sin cotizar a la Seguridad Social, lo que influye de forma negativa en las prestaciones públicas que tengas que recibir en el futuro, incluida la pensión de jubilación.